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¿En qué está la discusión del nuevo estatuto laboral agrícola?

21 de enero de 2013

En octubre de 2011 se anunciaba con bombos y platillos el ingreso al Congreso del proyecto de ley que modifica las normas de los trabajadores agrícolas establecidas en el Código del Trabajo.

Se trata del esperado Estatuto Laboral Agrícola que fue discutido por años por trabajadores y empleados y fue recogido por el Ejecutivo e ingresado al Parlamento.

En síntesis, la iniciativa busca modificar la actual normativa laboral que regula la actividad de trabajadores agrícolas a las necesidades propias del sector. Entre éstas, destaca la posibilidad de concretar una negociación pactada entre un grupo de trabajadores con su empleador de manera de establecer condiciones que, de común acuerdo, beneficien a los trabajadores sin pasar a llevar la normativa vigente sobre la materia.

De eso ya van 15 meses. Por ello, el ministro de Agricultura, Luis Mayol, anunció a fines de diciembre que estaban decididos a poner urgencia al proyecto considerando que la iniciativa legal goza de apoyo transversal y cuenta con el apoyo de los sectores productivos.

“Se nos ha pedido como Gobierno que le demos urgencia a esta iniciativa legal que forma parte de los compromisos del Presidente Piñera con el agro. Luego de efectuar un par de indicaciones al proyecto resolvimos dársela si no es esta semana, durante la primera de enero. Ese es el compromiso que asumimos con los gremios y movimientos campesinos”, sostuvo el secretario de Estado hace un par de semanas.

Lo cierto es que la semana pasada se hizo efectiva la solicitud del Ejecutivo que apunta a darle celeridad al avance del proyecto.

Pero junto con ello, se ingresaron a la Cámara de Diputados una serie de modificaciones al proyecto.

Una de ellas dice que las jornadas de trabajo que requieran distribución diaria para su ejecución, podrán ser divididas, en atención a la naturaleza y tipo de actividad, hasta en tres partes. Y en aquellos casos donde se divida la jornada de trabajo diaria en tres partes, el trabajador no podrá permanecer más de 12 horas continuas en el lugar de trabajo, sumadas la jornada ordinaria, extraordinaria y periodos intermedios.

“Esta división de la jornada deberá acordarse por escrito y tendrá una vigencia no superior a tres meses, pudiendo renovarse dicho pacto por acuerdo de las partes”, dice el texto.



lecherías

Asimismo, se alude directamente a los trabajadores lecheros. La iniciativa dice que aquellos que se desempeñen en las obras o trabajos agrícolas de lechería, podrán acordar con el empleador que la jornada de trabajo se divida hasta en tres partes, siempre que la suma de las interrupciones entre los turnos no exceda de 6 horas. En ese caso, deberán tener un descanso mínimo ininterrumpido de diez horas dentro de cada veinticuatro horas.

Los acuerdos de división de la jornada de trabajo deberán constar por escrito, describiendo en detalle la labor específica que ha de desempeñar el trabajador y ser registrados en la respectiva Inspección del Trabajo. Estos acuerdos podrán tener una vigencia no superior a 12 meses, pudiendo renovarse por acuerdo de las partes.

Asimismo, en el caso de los trabajadores que no residan en el predio y la distancia al lugar de trabajo sea superior a tres kilómetros, el empleador deberá proporcionar, entre ambos puntos, los medios de movilización necesarios.



contratos y pactos

Otro de los aspectos que se tratan en el estatuto, se refiere a los temporeros, un grupo que tiene alto impacto en el sector. En ese plano, se señala que sin perjuicio de las reglas generales sobre negociación colectiva, los trabajadores y su respectivo empleador, podrán celebrar un pacto colectivo por cada faena, o un pacto colectivo que comprenda dos o más faenas diferentes y consecutivas, cuando en este último caso se cuente con el acuerdo de la mayoría absoluta de los trabajadores que concurrieron al pacto.

“Estos pactos colectivos podrán celebrarse entre el empleador y una o más organizaciones sindicales existentes en la empresa o, a falta de éstas, por un grupo de trabajadores especialmente formado al efecto dentro de cada faena. En caso de tratarse de un grupo negociador, deberá involucrar a la mitad más uno de la totalidad de los trabajadores de la faena para la cual se pacta dicho acuerdo”, señala el texto.

En las indicaciones presentadas la semana pasada también se plantea que los trabajadores que hubieren prestado servicios continuos o discontinuos para un mismo empleador, en virtud de más de dos contratos por faena agrícola determinada, que sumen diez o más meses dentro de un periodo de doce meses, contados desde la primera contratación, se presumirá que han sido contratados por una duración indefinida.

Fuente: Revista del Campo Sureño

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